martes, septiembre 11, 2007

La Super Transparencia

Es fundamental que las sociedades tengan ordenamientos – leyes, normas, edictos, códigos, etc. – para sus funcionamientos. Estos serán generados democráticamente o impuestos en la forma que cada Estado lo establezca o imponga y con sistemas de diversas índoles, para controlar su cumplimiento. Esto que es y nos parece tan natural (especialmente en los sistemas democráticos) poco a poco va demostrando - para algunos – que no es suficiente y, bajo las más curiosas justificaciones, establecen organismos públicos para “súper vigilar” que las leyes se cumplan. No son organismos o sistemas que controlen que tal o cual medida o determinación se adecuen estrictamente a la normativa vigente, como lo son las Contralorías Generales de los Estados que deben dirimir interpretaciones diversas, como diversos son los criterios interpretadores. No. Son nuevos entes burocráticos y generalmente inútiles en la preocupación por lo cotidiano del ciudadano común que es afectado por actos de organismos, empresas, instituciones, autoridades. Superintendencia de esto lo otro y lo de más allá. Comisión de Transparencia y de no se cuanto.
Me parece que todo esto solo sirva para justificar lo injustificable. Para demostrar que hay “grados” de honradez, “matices” de probidad, “intensidades” de transparencia. Ya no se es honrado o probo a secas. No. Ahora se necesitan nuevos burócratas auroleados que editarán el Manual del Corta Palos Probo, Honrado y Transparente.
Cada institución pública tiene su sistema contralor que debe verificar que todo lo que se efectuará sea realizado encuadrado en las normas generales o especiales que rijan a esa institución. Ante las dudas, la Contraloría General.
Las instituciones, organizaciones, empresas, etc. privadas que entregan bienes o servicios a la ciudadanía, muy especialmente servicios o bienes en el largo plazo como las AFP o en circunstancias y plazos pre acordados como las compañías aseguradoras, o que tienen muy directa relación con la economía y desarrollo como la industria bancaria, existentes en nuestro país, debieran estar ajustadas y sometidas a las legislaciones adecuadas y el cumplimiento de ellas debería ser materia de sus propios servicios contralores. Si no es así – no aparece otra explicación mentalmente lógica - es por que incumplen las leyes y dejan de ser honrados, probos y transparentes, en cuyo caso son los Tribunales de Justicia quienes deben intervenir. Y llegamos al GRAN PROBLEMA. La incapacidad económica, cultural, de tiempo, de distancia, etc. que agobia al simple ciudadano que debe enfrentar famosos bufetes de poderosos Abogados, a veces por una demanda en que a un trabajador con sueldo eclesiásticamente ético ha sido esquilmado por una aseguradora en $ 300.000. ¡Por favor! comprendamos la relación. Y ese Pyme que logra una utilidad de $ 350.000 mensuales y el banco le esquilma cobrándole por más de un año un 40 % sobre lo establecido por cobro ante un sobre giro no autorizado. ¿Irá a juicio por $ 180.000? Ya se. Para eso están las Superintendencias de Seguros y la de Bancos, piensan ustedes. Ese es el error. Son la más clara demostración de lo planteado inicialmente que solo deben ser los Tribunales de Justicia los que resultan pues estas dos instancias son tan inoperantes que todo lo resuelven conforme a lo que le reportan sus supuestamente controladas empresas y para, finalmente, determinar que… son los Tribunales de Justicia los que deben resolver.
Y ahora nos vienen con una súper Comisión de Probidad y Transparencia. Si han sido incapaces de que estas lorginombre organizaciones cumplan con su razón de ser y permiten que nada ni nadie logre conmoverlas, ¿cómo esperan que se crea que una supersupersuper comisión lo haga? Si se desea transparencia hagan que “las instituciones funcionen” como tanto se cacarea y por último, si son realmente sinceros – que lo dudo mucho – denle mas poder AHORA a la Comisión Defensora de los Derechos de los Ciudadanos y MAÑANA pongan a todos sus artistas parlanchines a trabajar por la promulgación de la ley del Ombudsman.

No hay comentarios.: